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Moción aprobada por el Pleno del Parlamento de Galicia el 8 de mayo de 2018


 
4.3 30154 (10/MOC-000087)
Grupo Parlamentario de los Socialistas de Galicia
Díaz Villoslada, Juan Manuel
Sobre las actuaciones que debe llevar a cabo el Gobierno gallego para mejorar el empleo público y las condiciones de trabajo en el sector público autonómico. (Moción, por consecuencia de la Interpelación n.º 28232, publicada en el BOPG n.º 284, del 27.03.2018, y debatida en la sesión plenaria del 24.04.2018)
 
El texto aprobado es el siguiente:

"O Parlamento de Galicia insta al Gobierno gallego, la que en el marco del Acuerdo para la mejora del empleo público firmado entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y las OO.SS. el 29 de marzo de 2017 y del II Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo firmado por el Gobierno central con los Sindicatos CCOO, UGT y CSI-F el 9 de marzo de 2018, y habida cuenta de los criterios de la Comisión de Coordinación de Empleo Público, desarrolle los procesos de negociación colectiva en la Mesa general de empleados públicos sobre las materias de competencia autonómica recogidas en los dichos Acuerdos para los años 2018, 2019 y 2020, de desarrollo tanto del II acuerdo estatal como de adaptación del acuerdo entre la Xunta de Galicia y CCOO, UGT y CSI-F, firmado el 18 de octubre de 2017, en concreto:
 
1.- Establecer las medidas las que se dedicará el porcentaje adicional de la masa salarial que el Gobierno gallego estará autorizado a aplicar para los años 2018, 2019 y 2020 dentro del marco de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
 
2.- Determinar los sectores en los que prioritariamente se podrá incrementar de forma adicional en un 8% la tasa general del 100% de reposisión de efectivos para el año 2018, dentro del marco de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera cómo de las conclusiones de las distintas comisiones de seguimiento establecidas en esta materia entre las Organizaciones Sindicales y la Xunta de Galicia.
 
3.- Establecer, una vez consultadas las Organizaciones Sindicales tanto en la mesa general de negociación como en la Comisión de Personal, la tasa adicional de estabilización de empleo temporal para el conjunto de entidades que integran el sector público autonómico, en los términos habilitados por los dichos Acuerdos.
 
4.- Determinar, si proceder, respeto de la jornada común común de 37,5 horas semanales, otras jornadas comunes de trabajo, bien uno reparto anual de jornada segundo las necesidades de cada función, tarea o ámbito sectorial, atendiendo en especial al tipo de jornada o las jornadas a turnos, nocturnas o especialmente penosas. 
 
5.- Establecer las retribuciones de los empleados públicos en situación de incapacidad temporal que, mediante un complemento retributivo sumado a la prestación del Régimen general de la Seguridad Social o de los reximes especiales de funcionarios públicos, permita conseguir hasta lo cien por cien de las retribuciones fijas previsas al inicio de la situación de incapacidad temporal, pudiéndose establecer diferentes escenarios retributivos en función del tipo de contingencia que había dado lugar a la incapacidad temporal o de la duración de la misma.
 
6.- Impulsar de manera decidida los planes de igualdad, conciliación y corresponsabilidad en el conjunto de entidades del sector público autonómico, regulándose una bolsa de horas de libre disposición acumulables, de ata un 5% de la jornada anual, para la atención de necesidades de conciliación para el cuidado de mayores, discapacitados y hijos menores, en los términos que se acuerden".

 
Saludos, Gabinete de Comunicación del Parlamento de Galicia.

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