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Funciones del Parlamento de Galicia

Vídeo en lengua de signos de funciones del Parlamento de Galicia

1. O Parlamento de Galicia como uno de los poderes de la Comunidad Autónoma

Galicia, nacionalidad histórica, está constituida en Comunidad Autónoma para acceder a su autogobierno de conformidad con la Constitución española de 1978, que reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y de las regiones que integran la nación española.

O Estatuto de Galicia es la norma institucional básica de la Comunidad gallega que define sus instituciones, competencia y administración pública, así como su economía y hacienda.

Los poderes públicos de Galicia se ejercen a través del Parlamento, de la Xunta y de su presidente.

Son funciones del Parlamento ejercer la potestad legislativa de la Comunidad Autónoma, controlar la acción ejecutiva de la Xunta, aprobar sus presupuestos, designar para cada legislatura de las Cortes Generales a los senadores representantes de la Comunidad Autónoma gallega, elegir de entre sus miembros al presidente de la Xunta de Galicia, exigirles responsabilidad a la Xunta de Galicia y a su presidente, solicitar del Gobierno del Estado la adopción de proyectos de ley y presentar ante la Mesa del Congreso de los Diputados proposiciones de ley, interponer recursos de inconstitucionalidad y presentarse ante el Tribunal Constitucional en los supuestos y términos previstos en las leyes.

O Parlamento representa al pueblo de Galicia y constituye la primera de las instituciones de la Comunidad Autónoma de la que derivan todas las otras, y es inviolable.

 

2. La constitución y la disolución del Parlamento

O Parlamento está constituido por diputados o diputadas que son elegidos por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto.

Los diputados y las diputadas, una vez elegidos, representan a todo el pueblo gallego.

O Parlamento debe renovarse obligatoriamente cada cuatro años por mandato estatutario, pero lo pode hacer antes si el presidente de la Xunta lo disuelve.

En la actualidad, el Parlamento de Galicia está integrado por setenta y cinco diputados y diputadas. Estatutariamente el número fijado es entre sesenta y ochenta, no están sujetos a mandato imperativo y son inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo.

 

3. Los miembros del Parlamento

Para garantizar el buen cumplimiento de sus funciones, los miembros del Parlamento disfrutan de ciertos derechos.

Tendrán el derecho y el deber de asistir con voz y voto a las sesiones del Pleno del Parlamento y a las de las comisiones de las que formen parte.

Serán miembros, por lo menos, de una Comisión.

Percibirán una asignación económica que les permita cumplir de manera eficaz y digna su función, al igual que tendrán derecho a las indemnizaciones y dietas por gastos que sean indispensables para el cumplimiento de su condición de diputados y diputadas.

Les podrán formular interpelaciones y preguntas a la Xunta y a cada uno de sus miembros, y también les podrán presentar enmiendas a los proyectos y a las proposiciones de ley.

Por otra parte, los diputados y las diputadas están obligados a acomodar su conducta al Reglamento, no podrán invocar o hacer uso de su condición para el ejercicio de actividades ajenas a las de diputado y están obligados a efectuar declaración notarial de sus bienes patrimoniales y de aquellas actividades que les proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos, y en todo momento deben observar las normas sobre incompatibilidades establecidas.

Los diputados y las diputadas podrán quedar suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios en los casos que, conforme al Reglamento de la Cámara, así proceda o cuando una sentencia firme condenatoria lo imponga.

 

4. La sedee y el tiempo de trabajo parlamentario

La sedee del Parlamento de Galicia, mediante ley, radica en la ciudad de Santiago de Compostela.

El salón de sesiones es el lugar habitual donde tienen lugar las sesiones del Pleno del Parlamento de Galicia, y los diputados o las diputadas ocupan los asientos dispuestos en forma de hemiciclo ante la Mesa presidencial.

El presidente de la Xunta de Galicia y su Gobierno ocupan la primera fila de escaños y el resto de diputados y diputadas, agrupados en grupos parlamentarios, ocupan los restantes previamente asignados por la Mesa del Parlamento.

No Parlamento de Galicia hay dos períodos de sesiones: de septiembre a diciembre y del 15 de enero al 15 de julio. Durante estos períodos, el Parlamento se pode reunir en sesiones comunes que, habitualmente, tienen lugar de martes a viernes de cada semana.

Fuera de estos períodos de sesiones, se pueden realizar sesiones extraordinarias de cumplir determinados requisitos.

El presidente del Parlamento es quien fija la orden del día de los plenos, de acuerdo con la Mesa y la Xunta de Portavoces y habida cuenta del calendario de actividades. El orden del día de las comisiones viene determinado por la respectiva Mesa, conforme al calendario establecido por la Mesa del Parlamento.

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